Ayudas a mutualistas

Ayudas 65+

Para mutualistas alternativos beneficiarios/as de una prestación de jubilación, consulta las bases.

¿Quiénes podrán optar a estas Ayudas 65+?

Podrán recibir estas ayudas Mutualistas alternativos beneficiarios/as que tengan reconocida la prestación de jubilación del Plan de Seguridad Profesional (PSP), Plan de Previsión Profesional de la Abogacía (PPPA),  Plan Mutual de Previsión (PMP) o del Plan Universal en su sistema de Previsión Social Profesional, y cumplan los siguientes supuestos:

  1. Ingresos en 2025 inferiores a 14.001 € anuales y patrimonio del ejercicio 2025 no superior a 60.000 € (excluyendo la vivienda habitual).
  2. En caso de no tener vivienda en propiedad (aportando contrato arrendamiento), podrán recibir esta ayuda aquellos mutualistas cuyo patrimonio sea inferior a 160.000 € y sus ingresos en 2025 inferiores a 18.001 €.

El plazo para la recepción de solicitudes es: 8 de abril a las 10h. hasta el 15 de septiembre a las 13h.

Plazo abierto

El plazo para la recepción de solicitudes es del 8 de abril a las 10h. hasta el 15 de septiembre a las 13h. (hora peninsular).

Si tienes alguna consulta, escríbenos a ayudas@fundacionmutualidad.org

Solicitud

Puedes solicitar esta ayuda de una de las siguientes maneras:

  • De manera postal, descargándote el impreso y enviándolo por correo postal a Fundación Mutualidad. C/ Francisco Silvela, 106. 28002 – Madrid.
    Descarga solicitud postal
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